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A partir del 2015, sólo los operadores vigentes en el RUCA podrán comerciar granos

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (MAGyP), a través de la Dirección Nacional de Matriculación y Fiscalización (DNMyF), comunica que a partir del 1/1/2015, solo podrán operar aquellos que tengan su matrícula vigente. La resolución (MAGYP) 302/2012, mediante la cual se creó el RUCA, establece que toda persona física y/o jurídica que intervenga en el comercio y/o industrialización de las cadenas agroalimentarias de: granos, sus productos, subproductos y/o derivados; ganados y carnes, sus productos y subproductos; y lácteos, sus productos, subproductos y/o derivados, deben estar inscriptos en el RUCA, con matrícula vigente, para operar.

Para evitar inconvenientes, la DNMyF recomienda a todos los operadores constatar el estado de su matrícula poniendo especial atención en el vencimiento. Para consultar el estado/vencimiento de su matrícula, ingresar en: www.ruca.magyp.gob.ar, padrón inscriptos. De encontrarse próxima al vencimiento, la Dirección sugiere comenzar el trámite de renovación de matrícula con 60 días de antelación (R. 450/2013) para evitar que la misma sea dada de baja del padrón una vez vencido el plazo. Por otra parte, los operadores que se encuentran actualmente con su matrícula vencida deben regularizar su situación ante esta Dirección para continuar operando en el Mercado de Granos a partir del 1/1/2015.

Fuente: errepar.com

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